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FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS
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CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN OBRAS CIVILES
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http://www.ucentral.cl/prontus_fcfm/site/artic/20080725/pags/20080725163004.html
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Palabras del Director de Carrera
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"Ingeniería Civil en Obras Civiles es una carrera acreditada, fundadora de la Universidad Central de Chile. Nuestros Ingenieros son reconocidos en el Diseño, la Construcción y la Gestión de Proyectos de Ingeniería".
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Alvaro Torrealba López, Director
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Doctor Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Universidad Politécnica de Valencia, España. Constructor Civil y Postitulado de Administración de Empresas Constructoras, Universidad Católica de Chile.
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3 comentarios:
La ley es bastante clara al respecto.
Los funcionarios públicos profesionales pueden hacer hasta doce horas de clases en universidades, bajo la condición que recuperen el tiempo empleado, si se realizan durante la jornada contratada.
Pero en ningún caso autoriza para realizar tareas administrativas o directivas en esas instituciones.
Menos aún si demandan de hecho una Jornada Completa o Media Jornada.
C. Vila C.
Agradecemos la aclaración.
Sin embargo, quedan puntos pendientes; por ejemplo:
1.- Pedir es un derecho que no obliga a la autoridad a concederlo.
2.- Mientras no se otrogue un permiso, no corresponde actuar como si lo hubiesen otorgado, pues eso pasa a llevar a la autoridad establecida y contraviene el estatuto administrativo.
3.- En ningún caso habría correspondido cobrar sueldo en ambas partes. Es de esperar que eso no haya acontecido.
4.- El respeto a las normas de procedimiento en una organización estructurada es esencial para el correcto funcionamiento de cualquier insttución.
5.- Ojalá tenga éxito en su nueva ocupación.
Atte. saluda a ud.
C. Vila C.
Agradecemos la aclaración.
Sin embargo, quedan puntos pendientes; por ejemplo:
1.- Pedir es un derecho que no obliga a la autoridad a concederlo.
2.- Mientras no se otrogue un permiso, no corresponde actuar como si lo hubiesen otorgado, pues eso pasa a llevar a la autoridad establecida y contraviene el estatuto administrativo.
3.- En ningún caso habría correspondido cobrar sueldo en ambas partes. Es de esperar que eso no haya acontecido.
4.- El respeto a las normas de procedimiento en una organización estructurada es esencial para el correcto funcionamiento de cualquier insttución.
5.- Finalmente, queda pendiente una aclaración respecto a la participación del Ex Decano de la Fac. de Construcción y ex Becario de la UTEM en un programa que, so pretexto de enjuiciar una gestión,
perjudica gravemente la marcha de la institución.
6.- Ojalá, el ex colega A. Torrealba tenga éxito en su nueva ocupación.
Atte. saluda a ud.
C. Vila C.
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