jueves, 6 de diciembre de 2012

Contraloría quita piso al Mineduc a la hora de recabar información sobre financiamiento de universidades

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En medio de la crisis que tiene en la cuerda floja la credibilidad del sistema educacional, el órgano contralor acogió los reparos de algunos actores de la educación superior que no estuvieron de acuerdo con la solicitud sobre antecedentes patrimoniales y financieros exigidos por la División de Educación Superior, cerrando las puertas además a la elaboración de un ranking de instituciones según el riesgo económico que reporten para sus usuarios.
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DE EL MOSTRADOR.COM
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Pero, precisa Contraloría, es necesario tomar en consideración que la solicitud de la Divesup “respecto de datos personales de los alumnos matriculados y titulados entre los años 2000 y 2006, en lo referente, por ejemplo, a sus nombres, apellidos, cédulas de identidad y sexo, toda vez que de acuerdo a los dictámenes N°s. 61.480, de 2009 y 13.401, de 2010, mientras no se encuentre vigente el reglamento a que alude el artículo 50 de la ley N° 20.129, dicho órgano público sólo puede recabar los antecedentes básicos, de carácter estadístico, que ese texto normativo establece”.
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Por ello, “no cabe sino concluir que la División de Educación Superior aludida ha excedido las facultades que le otorga el artículo 50 de la citada ley N° 20.129, debiendo arbitrar las medidas necesarias a fin de ajustar su actuación a las competencias que el ordenamiento jurídico le ha conferido sobre la materia”.
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De igual forma, detalla la resolución, “cabe hacer presente que la obligación de remitir determinada información en base a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos, corresponde a una atribución distinta a la antes analizada, que responde a fines diversos y que también debe aplicarse sólo respeto de la documentación que tal preceptiva indica”.
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Contraloría tampoco respaldó la elaboración de un ranking de instituciones de educación superior según el riesgo que reporten para sus usuarios, ya que la cartera de Estado no contaría con las atribuciones para hacerlo.
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1 comentario:

  1. La extralimitación de facultades ocurre cuando las circunstancias que motivan el ejercicio de ellas se tornan apremiantes.
    Es la típica actitud de quien por mucho tiempo no ha hecho su pega y de la noche a la mañana debe hacerla toda y a la rápida, para evitar el raspacacho.
    Sin embargo, el que la Contraloría le haya representado al MINEDUC su conducta, no puede tomarse como un triunfo, ni para pensar que las Universidades del Estado están autorizadas para hacer lo que quieran. Basta una simple modificación de la ley (los consensos son seguros al respecto), para que lo vedado hoy se permita en el corto plazo.
    Recordemos que en la Educación Estatal también se compromete la fe pública y, más aún, los derechos de los educandos.
    Una lección muy difícil de aprender para algunos.

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